Programa de recuperación del patrimonio de Medicaid de
Wisconsin
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Estate Recovery Program
¿Qué es Medicaid?
Medicaid es un programa federal/estatal conjunto que proporciona
servicios de cuidado de salud a las personas que tienen ingresos y recursos
limitados. Dentro de los servicios por los que Medicaid paga se incluye el
cuidado a largo plazo brindado a ciertas personas ancianas y a personas
discapacitadas.
¿Qué es el Estate Recovery Program?
El Estate Recovery Program del Medicaid de
Wisconsin procura obtener el reintegro del costo de determinados servicios
de cuidado a largo plazo pagados por Medicaid en nombre de los miembros. La
recuperación se efectúa a través del patrimonio de los miembros y de los
embargos trabados sobre sus hogares. El dinero recuperado se reintegra al
Medicaid Program y se utiliza para pagar por el cuidado de otros miembros de
Medicaid.
Los servicios de cuidado a largo plazo para los cuales el
programa procura obtener el reintegro incluyen principalmente servicios de
residencias para ancianos y servicios de un home and community-based waiver.
(Para obtener
información sobre otros programas sujetos al Estate Recovery).
Wisconsin gasta aproximadamente el 50 por ciento de su presupuesto total para
Medicaid en estos servicios de cuidado a largo plazo.
La Legislatura Estatal y el Congreso de lo Estados Unidos
aprobaron leyes vinculadas al Estate Recovery Program a fin de recuperar
parte del dinero utilizado para pagar por los servicios de otros miembros de
Medicaid. Dichas leyes se han diseñado para recuperar fondos a través de
los activos de aquellos que recibieron beneficios del programa Medicaid.
La recuperación se produce cuando un miembro y sus dependientes ya no necesitan
tales activos.
¿Cuáles son los miembros de
Medicaid se ven afectados por el Estate Recovery Program del estado?
¿Cómo recupera el estado el costo
de los beneficios?
A fin de recuperar el costo de los beneficios Medicaid, el
Estate Recovery Program utiliza dos métodos: demandas sobre patrimonios
sujetos a sucesión testamentaria y embargos.
El estado procura obtener el reintegro a través de demandas
sobre patrimonio sujeto a sucesión testamentaria para recuperar el
costo de servicios comunitarios, servicios recibidos durante la estadía de un
miembro en una residencia para ancianos y los obtenidos mientras se consideró
que el miembro estuvo internado en un hospital. Si el patrimonio del miembro
incluye un hogar, el estado puede, en ciertas circunstancias, obtener un embargo
sobre el mismo en vez de obtener un reintegro inmediato.(Para obtener más información sobre estos tipos de embargos, consulte la sección
Patrimonio sujeto a sucesión
testamentaria, la cual le brindará información acerca de situaciones en las
que las demandas del estado sobre el patrimonio se demorarán.)
Los embargos también pueden trabarse sobre los
hogares de miembros que viven en hospitales y a quienes se les exige que
contribuyan con el costo de su cuidado o de quienes viven en residencias para
ancianos. Los embargos se traban sólo cuando no se espera que los miembros
vuelvan a vivir en sus hogares. (Para obtener más información sobre estos tipos
de embargos, consulte la sección Embargos para
residentes de hospitales y residencias para ancianos).
¿Cuándo no recupera el estado
los beneficios?
El estado puede no procurar la recuperación de los beneficios de
Medicaid del patrimonio de aquellos miembros cuyo cónyuge o hijo menor, ciego o
discapacitado sobreviven al miembro. No obstante, si el patrimonio del
miembro incluye un hogar, el estado obtendrá un embargo. El reintegro a través
del embargo se demorará hasta que el cónyuge y los hijos menores, ciegos o
discapacitados sobrevivientes hayan fallecido. A pesar de que la corte le
concede al estado la obtención de un embargo sobre el hogar del cónyuge o hijo
menor, ciego o discapacitado sobrevivientes de un miembro de Medicaid, si dicha
propiedad se vende a valor justo de mercado mientras el cónyuge o hijo menor,
ciego o discapacitado aún viven, el estado liberará el embargo y no obtendrá la
recuperación.
Es posible que el estado no efectúe una demanda sobre el
patrimonio del cónyuge sobreviviente para recuperar los beneficios de Medicaid
pagados a nombre del miembro.
Existen protecciones similares en lo concerniente a embargos
dentro del programa que se aplican para residentes de hospitales y residencias
para ancianos. El estado puede únicamente trabar un embargo sobre el hogar de un
miembro que viva en una residencia para ancianos o que esté internado en un
hospital. Asimismo, es posible que el estado no trabe ningún embargo sobre el
hogar de un residente de un hospital o residencia para ancianos si existe un
cónyuge o un hijo menor, ciego o discapacitado que vivan en ese hogar. Es
posible que el estado no trabe ningún embargo sobre el hogar de un miembro que
viva en la comunidad. (Para obtener más información sobre embargos, consulte
la sección Embargos para residentes de
hospitales y residencias para ancianos).
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